lunes, 3 de noviembre de 2014

Tarea nº 20 Comentario y pregunta de examen

A continuación dejo constancia de los comentarios expuestos en algunos de los blogs de mis compañeros, que me han parecido bastante interesantes.

En primer lugar, en el de Olivia Senovilla:


En segundo lugar, en el de Noelia Diez Uña:





Además, como posible pregunta de exámen, proponemos la siguiente:

¿Cuáles son los 8 tipos de estilos docentes y qué características tienen según la clasificación realizada por B. Reddin?

Desertor: rendimiento poco eficiente causado por una tendencia baja a las tareas y a las relaciones. En el marco de una situación en que tal conducta es inapropiada.

Misionero: baja tendencia a las tareas aunque alta a las relaciones. En el marco de una situación en que tal conducta no se ve como apropiada su rendimiento se valora como poco eficiente. 

Autocrático: alta tendencia a las tareas pero baja a las relaciones, en el marco de una situación en la que también se exige alto nivel de relaciones personales su rendimiento es también poco eficiente 

Conciliador: alta tendencia a las tareas y a las relaciones, en el marco de una situación en la que se exige una tendencia elevada solo a una o a ninguna de las dos actividades por lo que es poco eficiente también. 

Burócrata: rendimiento poco eficiente causado por una baja tendencia tanto a las tareas como a las relaciones, en el marco de una situación en la que es necesaria cuidar tanto de las personas como de las actividades. 

Progresista: rendimiento eficiente causado por una baja tendencia a las tareas y alta a las relaciones, en el marco de una situación en que tal conducta es la deseada por el contexto o por la organización. 

Autocrático-Benevolente: elevada tendencia a las tareas y baja a las relaciones, en el marco de una situación en la que tal conducta es la apropiada y, que por consiguiente, la convierte en más eficiente. 

Realizador: elevada tendencia a las tareas y a las relaciones, en el marco de una situación en la que tal conducta es la apropiada y, que por consiguiente, la más eficiente.

Tarea nº 19 Conferencia




Como penúltima actividad nos proponemos el análisis de la conferencia impartida por Jesús Jares en el Congreso de Convivencia de Gasteiz. 

En ella se abordan una seria de temas fundamentales dentro del ámbito escolar, y que indicen de forma directa en el proceso educativo. Nos referimos a la educación para el conflicto y la educación para la convivencia.

En primer lugar, respecto a la educación para el conflicto, lo primero que intenta hacer Jares es "desnegativizar" esa palabra. Conflicto no tiene por qué llevar directamente un matiz negativo, sino que depende de nuestra manera de situarnos ante él. Y es que la vida está llena de ellos, tanto la cotidiana, la profesional, social... etc. Lo que defiende el ponente es que no es bueno evitarlos. En definitiva, el conflicto es, incluso, necesario. En este sentido, Jares hace una reflexión interesante a raíz de una cita interesante: "Si difiero de ti, en lugar de perjudicarte, te hago crecer".

Del mismo modo, en la conferencia se aborda la necesidad de construir centros en los que se refuerce la convivencia. Ese refuerzo adquiere su pleno sentido en la figura del profesor, que no es solo un mero transmisor de conocimientos. Este tiene que posicionarse a la hora de resolver los múltiples conflictos que se generan en el entorno. Desde la problemática del uso de teléfonos móviles en clase, pasando por problemas de acoso, etc.  Jares lo resume muy bien aludiendo a que se debe de ser "duro con el problema pero sensible con las personas". Para la efectividad de este refuerzo, son esenciales las normas de clase. Las normas de clase son algo vivo, que se van construyendo. No se puede dedicar solo un día a exponerlas y dejarlas cerradas, sino que es algo práctico que surge a raíz de la existencia de un conflicto.

En resumen, me ha parecido una conferencia muy interesante, a pesar de encontrarse incompleta, y que ofrece una visión diferente a la concebida en la educación tradicional. Creo que me será muy útil a la hora de afrontar mi etapa de practicum, así que espero que sus consejos sirvan de ayuda!


martes, 28 de octubre de 2014

Tarea nº 18 El tutor ideal

En este post, nos proponemos destacar aquellos rasgos de la personalidad y enumerar las competencias más importantes que creemos debe mostrar un tutor en sus relaciones con los demás profesores, con los alumnos y con los padres. En resumidas cuentas, analizar qué debería ser para nosotros un tutor ideal.

Se trata de una pregunta bastante complicada. En la figura del tutor es donde la educación alcanza su mayor sentido. Por educación, en este sentido, no solo entendemos la transmisión de una serie de conocimientos, sino también de valores, destrezas, capacidades... Es decir, a través del tutor buscamos una educación integral de la persona. 

Es por ello, que uno de los primeros valores que debe de tener un tutor es la empatía. Es fundamental para poder analizar y comprender las necesidades y exigencias de cada alumno, así como para establecer esa conexión con él que va a ser clave a la hora de poner en marcha el proceso educativo. El tutor también debe de tener unas buenas habilidades comunicativas. Al fin y al cabo, su relación con el alumno es un proceso de comunicación muto en el que se ponen en marcha una serie de intercambios de información en forma de necesidades y respuestas ante las mismas. Un tutor tiene que ser también una figura solidaria, dispuesta a ayudar en todo momento y ofrecer su apoyo al alumno tutorado. Igual de importante es la capacidad de hacerse respetar por parte de los alumnos, ya que sin ella todo el proceso se vería alterado. Ese respeto no surge de la nada, sino que se gana en base a méritos propios derivados de ciertas habilidades sociales, conocimientos etc.

Un tutor ideal también debe de servir de ejemplo a los alumnos. No nos referimos aquí a un espejo en el que mirarse, sino de un guía hacia los objetivos o metas que los alumnos quieren alcanzar, no solo en el futuro inmediato sino también a largo plazo. También debe de ser creativo, ya que muchos problemas que se le presentan son de índole diferente y necesita respuestas variadas. Todos los alumnos no son iguales, sino todo lo contrario. 

Por último, un tutor debe de ser una persona constante. La acción tutorial en muchos casos puede resultar agotadora o presionante, por lo que en ningún caso se puede decaer, ya que esa actitud puede ser transmitida inconscientemente hacia el alumno.

lunes, 27 de octubre de 2014

Tarea nº 17 Pedagogía activa en "Los chicos del coro"

En esta tarea proponemos mostrar algún ejemplo de una película que se enmarque en alguno de los tipos de pedagogía desgranados por O. Fullet.

Para ello hemos elegido la obra "Los chicos del coro" (Les choristes) película francesa del 2004 dirigida por Jean Dréville.



En nuestra opinión, esta película y lo que en ella se propone se podría enmarcar dentro de la denominada Pedagogía Activa, ya que se ofrece una visión totalmente contrapuesta de los valores promovidos por la educación tradicional frente a una nueva metodología más centrada en el alumno y en la que se le estimula mediante una serie de actividades o juegos alternativos, como en este caso es un coro de música.

sábado, 25 de octubre de 2014

Tarea nº 16 Estilos docentes

En el siguiente post arrojaremos el resultado obtenido en el test de tipos de estilos docentes y o liderazgo según la clasificación por B. Reddin (1997) en su libro El estilo de gestión

Puedes descargarte el mismo y auto evaluarte pinchando aquí

1.- Desertor
2.- Misionero
3.- Autocrático
4.- Conciliador
5.- Burócrata
6.- Progresista
7.- Autocrático-Benevolente
8.- Realizador


Como observamos al transcribir los resultados de mi test, se denota un gran equilibrio en todos los parámetros. El único valor que sobresale un poco más del resto es el misionero, lo que denota una baja tendencia a las tareas pero alta a las relaciones. En el marco de una situación en que no se ve como apropiada su rendimiento se valora como poco eficiente.

No sabemos si este test será demasiado fiable, pero lo que es interesante es la idea de auto evaluarnos a nosotros mismos para saber que estilo de docente queremos ser y poner los medios adecuados para conseguirlo.

Tarea nº 15 La normas de mi clase

La clase, como cualquier otro contexto social, requiere de una serie de normas para su correcto funcionamiento. Es uno de los aspectos más importantes a cuidar para poder generar un buen clima educativo en el que los alumnos se integren, desarrollen y eduquen. Ese éxito, esas normas, no debe de ser solo una parte impuesta por el docente, sino han de ser fruto del contexto (en la medida que se pueda) de todos los que lo integran. Así pues, para elaborar un buen plan normativo en el aula, su aceptación y participación por parte de los alumnos es fundamental.

Sería conveniente que estas normas no fueran vistas como una "imposición". Al estar tratando con adolescentes, una de las conductas más habituales a la hora de tratar con normas impuestas es la tendencia a su rechazo de manera sistemática. Es por ello que insistimos en la idea de consenso. No obstante, es obvio que puede ser un arma muy peligrosa, ya que habrá muchos puntos que darán lugar a disconformidades, bromas... etc. Es por ello que uno de los pilares básicos en los que nos debemos apoyar es en el respeto. En mi opinión, esta es la palabra clave, la norma de la que emanarían las demás.

Respeto consiste en valorar al maestro, su trabajo y esfuerzo con los alumnos, así como valorar el esfuerzo de los compañeros. Ser conscientes de este valor es el primer paso. Respeto también conlleva la aceptación de una pequeña serie de normas de convivencia que surgen del sentido común. Tales como la puntualidad, la limpieza, no violencia, educación ... Vinculadas a este aspecto, surgen otra serie de exigencias fruto de esa valoración del esfuerzo que debe de hacer el alumno. Nos referimos a la necesidad de guardar silencio, prestar atención, no molestar en el aula, no interrumpir...

En un último grado, nos encontraríamos con otra serie de normas que se encaminan hacia lo que podríamos llamar ya un perfeccionamiento del aula, una completa realización del entorno educativo. Así, valores como la participación, la cooperación y todo aquello que contribuya a crear una buena atmósfera en el aula, se tornarían en misiones principales.

Para su éxito final, el cumplimiento de estas normas debe de ser planteado como un objetivo más dentro de los alcanzables por los alumnos de una clase, de forma tanto individual como colectiva.

Aquí te dejamos un pequeño ejemplo de normas en la clase:









miércoles, 22 de octubre de 2014

Tarea nº 14 Una clase dividida



Aquí te dejamos la primera parte del documental "Una clase dividida".



1.- ¿Qué se muestra en este documental? ¿A qué realidad nos acerca?


En este documental nos muestran el experimento realizado con unos alumnos de educación infantil, a los que se les pone en diferentes situaciones y supuestos con el fin de concienciarles sobre la necesidad de erradicar la discriminación en el aula por motivos de desigualdades sociales.

Nos acerca a la realidad que día a día se vive, no solo en los centros escolares, sino en toda la sociedad. Desde niños en la escuela, hasta adultos en el trabajo, los individuos en ocasiones condicionan su comportamiento a los rasgos sociales de las personas que les rodean.

2.- ¿Qué impresiones nos ha causado el visionado del video? ¿Es cierto que la sociedad trata de manera distinta a unos grupos que a otros?

Principalmente, el documental nos muestra la sensación de que esas diferencias son, en la mayoría de los casos, fruto de concepciones absurdas y equivocadas. Que el peso de la sociedad en muchos casos condiciona el pensamiento del propio individuo de manera singular, y que esa es una de las principales causas de la discriminación social.

Sí, es cierto que la sociedad trata de manera distinta a unos grupos que a otros. No solo por condición de raza, sexo... sino también de inquietudes. Es por ello que no extraña que estos grupos, diferenciados, busquen su apoyo dentro unos de otros, como se puede observar con la existencia de diferentes modas, grupos o tribus urbanas (góticos, raperos, hipsters...).

3.- ¿Cómo relacionas esta actividad con tu vida cotidiana? ¿Te ves reflejado tu, o alguien cercano a ti en lo que se muestra en el video? ¿Conoces alguna noticia relacionada con manifestaciones discriminatorias en nuestro entorno?

En mi vida cotidiana, estas manifestaciones se han visto reducidas. Si que es cierto que durante otras etapas de mi vida he podido ser testigo de algunas de ellas, sobre todo durante la adolescencia. Durante mi etapa escolar, estaban en auge los movimientos tanto de ultra derecha como de ultra izquierda. Ambos bandos formaban sus propios reductos sociales excluyendo a los que eran diferentes a ellos.
Como noticias relacionadas con estas manifestaciones, podemos destacar las protagonizadas por estros grupos radicales, especialmente los de extrema derecha

4.- ¿Qué valores se transmiten en el documental?

Principalmente, la igualdad, la solidaridad, el compañerismo, sentido común...

5.- Valorar la metodología utilizada

En mi opinión me parece un experimento muy ingenioso. Sensacional para hacer conscientes a los alumnos de la irracionalidad de las discriminaciones sociales, y que mejor que llevarlo a cabo cuando todavía estas se pueden atajar. A buen seguro, fue una experiencia que les ha servido de lección y que no olvidarán.

martes, 21 de octubre de 2014

Tarea nº 13 Comunidades de aprendizaje

En este post nos proponemos la valoración de ciertos programas de actuación vistos en clase, comparándolos con el de Competencia Digital. 

En primer lugar, el plan PROA (Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo), concebido como un proyecto de cooperación territorial entre el Ministerio de Educación y las Comunidades Autónomas, pretende abordar las necesidades asociadas al entorno sociocultural del alumnado mediante un conjunto de programas de apoyo a los centros educativos: Programa de acompañamiento escolar en primaria, programa de acompañamiento escolar en secundaria, programa de apoyo y refuerzo en educación secundaria y lineas de actuación del programa de apoyo y refuerzo a centros educativos de secundaria. 

La situación de desventaja educativa de algunos alumnos tiene a menudo su origen en circunstancias de carácter personal o sociocultural, asociadas con frecuencia a situaciones de riesgo o marginación en el entorno en el que viven. Por otro lado, para lograr una educación de calidad para todos se requiere el esfuerzo tanto de los miembros de la comunidad educativa directamente implicados como del entorno social en el que se desarrolla la educación. Así pues, la educación es cada vez más una responsabilidad colectiva, desarrollada a lo largo de toda la vida y con una fuerte influencia del contexto territorial y social en el que se vive. 

El Plan PROA ofrece recursos a los centros educativos para que, junto a los demás actores de la educación, trabajen en una doble dirección: contribuir a debilitar los factores generadores de la desigualdad y garantizar la atención a los colectivos más vulnerables para mejorar su formación y prevenir los riesgos de exclusión social. Se persiguen tres objetivos estratégicos: Lograr el acceso a una educación de calidad para todos, enriquecer el entorno educativo e implicar a la comunidad local.  
Por su parte, el Programa ALISO se trata de un servicio educativo dirigido al alumnado extranjero que muestra necesidades educativas específicas asociadas al desconocimiento de nuestro idioma, y que está escolarizado en las enseñanzas correspondientes a la Educación obligatoria. A través de las Aulas de Adaptación Lingüística y Social (ALISO) se pretende proporcionar una rápida adaptación lingüística y facilitar el acceso a aspectos culturales y sociales fundamentales, que permitan la adecuada integración y convivencia de este tipo de alumnos en el entorno educativo. La estancia de los alumnos en las Aulas ALISO es provisional y está ligada a la adquisición de los rudimentos básicos del idioma español. 

Estas aulas cuentan con un profesor de apoyo de Educación Compensatoria y están ubicadas en los centros educativos en los que se considera procedente la intervención lingüística y social.


lunes, 20 de octubre de 2014

Tarea nº 12 Comunidades de aprendizaje

El proyecto de Comunidades de Aprendizaje es un proyecto de cambio en la práctica educativa para responder de forma igualitaria a los retos y necesidades que plantean la transformación de sociedad industrial en sociedad informacional y todas las demás transformaciones sociales que se están produciendo en la sociedad actual.

Como todos podemos ver cada día se están produciendo grandes transformaciones a todos los niveles, económicos, sociales. Euskadi está ya metida de pleno en ese proceso de transformación. Más del 55% de nuestra economía es ya del sector servicios, pero también está creciendo nuestra reconvertida industria a un ritmo superior al del conjunto de Europa, se está dando un proceso acelerado de crecimiento de viajeros... Todas estas transformaciones no afectan a todas las personas por igual y nos encontramos junto a los procesos señalados, con otros procesos fuertes de exclusión social: personas que no tienen trabajo, y difícilmente lo van a llegar a tener por la situación marginal en que están viviendo, otras que no tienen la formación suficiente para llegar a tener nunca un trabajo con un mínimo de estabilidad, capas o grupos sociales donde el fracaso escolar o el abandono antes de alcanzar el título básico es generalizado, minorías étnicas o culturales en situación de marginación... Además nos encontramos con un aumento de las situaciones conflictivas, tanto en el ámbito social
como escolar.

Todos los analistas más importantes de la sociedad actual, desde el premio Nobel Sen al sociólogo Castells, nos han avisado del incremento de las desigualdades que ha generado el capitalismo informacional. El reto que tiene planteada la Unión Europea en estos momentos es de lograr que todas las personas y colectivos de nuestros territorios se conviertan en protagonistas activos de esas transformaciones. Y uno de los aspectos más unanimemente considerado como básico para responder a este reto es la educación.

martes, 14 de octubre de 2014

Tarea nº 11 Orienta red

Uno de esos portales que pueden pasar desapercibidos para los alumnos adolescentes (que tantas horas pasan delante de una pantalla de ordenador) es www.orientared.com. Se trata de un portal con información muy valiosa a nivel educativo, tanto para estudiantes, docentes, padres... que ofrece aportaciones de muchos ámbitos.

De entre toda la información allí disponible, nos hemos permitido el lujo de rescatar una, que puede ser útil a todos los alumnos que se encuentren estudiando en este momento. Es el relativo a ¿cómo preparar exámenes?

En él se ofrecen una serie de claves que pueden servir de hoja de ruta a la hora de afrontar una prueba de calificación, sea de la índole que sea. 
Sus principales recomendaciones se centran en seguir una serie de pasos, tales como:

1.- Hacer una buena planificación: no dejarlo todo para el último día 
2.- Elaborar un buen plan de repaso.
3.- Utilizar esquemas.
4.- Utilizar resúmenes.
5.- Simulacros cronometrados.
6.- Procurar que los datos aprendidos sean funcionales y operativos.
7.- Evitar el consumo de estimulantes.
8.- Enterarse de las características concretas del exámen.
9.- Conocer las exigencias del profesor.

Estas son algunas de las recomendaciones que podemos encontrar en orienta red para preparar nuestros exámenes... pero si no te funcionan, tranquilo, aquí te dejamos alguna que otra pequeña recomendación.




domingo, 12 de octubre de 2014

Tarea nº 10 Participación Escolar

¿De quién es la escuela? ¿Quiénes la integran? ¿Quién debe de participar en ella? El centro escolar no es solo un lugar de enseñanza. Este, más allá de su mera función educativa, se ha convertido en un entorno de convivencia y desarrollo social. Sus principales beneficiados, claro está, son los alumnos. Para que ese desarrollo sea posible y completo, hay una palabra que se vuelve fundamenta: participación.
La participación escolar involucra no solo a los maestros, como es lógico pensar. O a los alumnos. La participación escolar necesita de todos los miembros integrados en ese entorno, esa comunidad que hemos indicado. Así pues, los padres también son una parte fundamental. Su presencia, lejos de ser incómoda para el personal docente, debe de convertirse en un apoyo y una orientación vital para el profesorado. Al fin y al cabo, ellos son quienes mejor saben las necesidades y carencias del alumno, ya que es en el ambiente familiar en el que se demuestran. Es por ello que se debería esperar de los progenitores una mayor colaboración a la hora de proponer tareas, actividades y refuerzos educativos para los alumnos.

Por otro lado nos encontramos con otros miembros de la comunidad educativa cuya función a priori puede parecer secundaria. Tales como personal de administración o conserjería. Pues bien, ellos también son cercanos a la realidad de los alumnos. Su papel como nexo entre la familia y el personal del centro debe de ser fundamental. Ser hábiles y eficaces en transmitir y solucionar las necesidades de ambos lados es necesario para el correcto desarrollo de la función educacional.

Incluso podemos ampliar el campo de participación a otros individuos. Nos podemos referir a monitores de actividades extraescolares, entrenadores de equipos deportivos... ellos también educan e inculcan valores vitales al alumno. Son con ellos con quien los niños demuestran sus carencias o virtudes sociales, sus inquietudes... por lo que su comunicación (la de los monitores) y participación en la dinámica del centro es muy necesaria.

Solo con la colaboración de todos ellos, solo con la participación de profesores, alumnos, padres, personal auxiliar... podremos hablar de que la educación estará cobrando un sentido completo.

jueves, 9 de octubre de 2014

Tarea nº 9 I.E.S Gandhi



Componentes:

Andrea Lorenzo
Diego Esteban
Olivia Senovilla
Pablo Cano
Esmeralda Arranz
Sabina Binkova

Valores importantes:

Los valores principales para educar en nuestro centro son la integración a la diversidad referida a diferentes clases sociales, culturas, religiones y también diferentes enfermedades físicas o psicológicas. Además, apostamos por la igualdad independientemente de la condición social o las calificaciones obtenidas. La motivación hacia la inspiración y la superación es otra de nuestras principales pautas de trabajo. En definitiva, defendemos unos valores que creen personas, tales como el respeto, la honradez...

Realidad donde vivimos:

Barrio llano con multiculturalidad.

Autores en que nos hemos inspirado:

Nuestra principal fuente de inspiración ha sido Gandhi, debido a su fuerte vínculo con valores como la superación, la libertad y la igualdad.

Modelo de sociedad:

Modelo de igualdad, con inclusión de todos los ámbitos sociales. 

Organigrama:

Competencia lingüistica: Andrea Lorenzo
Competencias matemáticas y tecnología: Diego Esteban
Competencia digital: Contratación de Alvaro Fernandez
Aprender a aprender: Olivia Senovilla
Competencias sociales y cívicas: Pablo Cano
Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor: Esmeralda Arranz
Competencias y expresiones culturales: Sabina Binkova

Director/a: Esmeralda Arranz
Jefe/a de estudios: Pablo Cano
Departamento de orientación: Olivia Senovilla

Plan de acción tutorial:

Horario general de apertura del centro: 8:00 - 20:00
Horario lectivo: 8:30 - 14:30
Comedor: 14:30 - 16:00
Talleres: 16:00 - 20:00
Biblioteca: 8:00 - 20:00
Tutorias con los padres: Jueves de 11:00 a 12:00 y de 16:00 a 17:00 (otros días con cita previa.

Uniforme (pantalón liso y camiseta)
Duración de la clase: 50 minutos
Tiempo de descanso entre clase y clase: 10 minutos
Tiempo de recreo: 30 minutos

Reuniones periódicas con las familias.
Relación directa con los padres para tratar los problemas detectados
Conocimiento personal del alumnado.

Definición de educar:

Proceso complejo que abarca formación académica e inculación de valores. Es un aprendizaje social y cultural que los niños reciben desde temprana edad para vincularse y adaptarse a la sociedad. Es un proceso de diálogo más allá de las fronteras de las aulas, buscando determinados contextos y acciones de cambio social.



domingo, 5 de octubre de 2014

Tarea nº 8 Proyecto Educativo CCV

Para esta actividad hemos tomado como ejemplo el Proyecto Educativo del Colegio Marista Centro Cultural Vallisoletano, del cual analizaremos si existe correspondencia en lo allí expuesto y los principales valores que se presumen en la educación del centro.


Pincha para descargar: Proyecto Educativo


Pues bien, lo primero que nos llama la atención es el hincapié que hace el centro al señalar el crecimiento de alumnado de origen inmigrante. Es destacable que a este respecto, el proyecto educativo prevé o señala con especial interés el objetivo de adaptarse a las nuevas diversidades culturales del alumnado derivadas de esta situación.

A este respecto, hay que decir que el colegio, de espíritu religioso, se inspira en una enseñanza católica del alumnado. No obstante, no se define que trato se da o, si existen casos (dado que se ha destacado la multiculturalidad del alumnado debido a la inmigración) de alumnos provenientes de otras religiones.

Sí se ofrece por otro lado una educación personalizada y de cercana atención al alumno, adaptada a sus necesidades y tomando en conciencia la situación social y familiar del mismo.

Es reseñable también la forma en la que se muestra la combinación de la pedagogía del centro, que se define como abierta, adaptada a las nuevas corrientes. En ella tiene también una especial importancia la pedagogía "mariana", dado el carácter religioso del centro.

Tanto en los valores que se pretenden imprimir, como en los objetivos del centro, destacan la atención a la diversidad, la inculcación de la solidaridad, la libertad... 

Podemos concluir por tanto que sí que existe una adecuación del Proyecto Educativo del centro frente a la realidad social en la que se encuentra, adaptando sus valores, métodos y fines al alumnado objetivo de su entorno.


sábado, 4 de octubre de 2014

Tarea nº 7 Acción tutorial

Hoy nos ponemos a reflexionar acerca de nuestras vivencias como alumnos en el marco de la acción tutorial. Se trata de una figura muy importante en el proceso educativo de los alumnos durante los primeros pasos de su formación. Bajo mi punto de vista, un perfil profesional al que se le debería de dar más peso del que se le otorga, o al menos del que se le otorgó en mi experiencia en su día.

Durante mi experiencia escolar, sus actividades principalmente se dirigían a la resolución de conflictos entre alumnos, la corrección de comportamientos, la realización de actividades de convivencia... No obstante en este post me gustaría hacer hincapié en la esencia de esa figura, en la esencia del tutor. Quizá este debería de, aparte de intentar el correcto funcionamiento de la clase como un conjunto, focalizar su actividad más en cada persona, en cada niño. 

Y es que bajo mi punto de vista, los alumnos no conciben al tutor como una persona a la que pueden acudir, a la que se le puede requerir su ayuda, consejo, apoyo... Los alumnos solo conciben al tutor como "el profesor que más horas les da". Y eso es un gran error.  


viernes, 3 de octubre de 2014

Tarea nº 6 Manifiesto Pedagógico

En este pequeño espacio expondremos algunas de las reflexiones que nos ha dejado la lectura del Manifiesto Pedagógico comentado en clase

Son varios los puntos de fricción que suscita el mismo, pero nos detendremos en unos pocos. En primer lugar, el manifiesto señala que no es verdad que se hayan reducido los niveles de exigencia. En mi opinión, puede que no sea así, al menos directamente. Y me explico. Creo que el sistema, dadas las circunstancias actuales, ha visto como la gran mayoría de su población joven no tiene otra salida u ocupación que no sean los estudios. La barrera se ha tenido que abrir un poco para poder hacer cupo a ese gran aumento de estudiantes que de otra forma serían un número más en la lista del paro.

Se señala también que no se está de acuerdo con que los alumnos de ahora sean peores que los de antes. Puede que no, pero lo que está claro es que no se comportan con la misma motivación, y esa es una de las claves del éxito o el fracaso. La cercanía de un mercado laboral muy cerrado hace que muchos alumnos no vean en los estudios un impulso para encontrar un puesto de trabajo, cuando antes una titulación casi lo garantizaba.

Por último, se defiende que no es cierto que los docentes de la actualidad tengan un exceso de formación pedagógica. Pues bien, tienen mucha razón y a los hechos me remito. En nuestras carnes estamos observando que la formación recibida en este campo puede que, para muchos profesionales, no dure ni 8 meses. 

Tarea nº 5 Educar en casa



En este siguiente post nos centraremos en una visión diferente de la educación ofrecida por el documental "Educar en casa". En él nos muestran el caso de una familia que ha decidido educar a sus hijos sin escolarizarlos. ¿Error? ¿Acierto? Las opiniones son muy variadas.

En primer lugar cabe preguntarnos cuáles son los motivos que han llevado a esta familia a instruir a sus hijos en su propio domicilio, en vez de seguir el cauce común de un centro escolar. El argumento se centra en la concepción de que la educación escolar no abarca todos los ámbitos en los que el alumno debe de ser instruido. El objetivo es una educación más integral, atendiendo a todas las necesidades del alumno, unas necesidades que por la vía tradicional no pueden ser cubiertas. Nos encontramos pues frente a una educación muy personal, quizá en ese sentido más efectiva. Está claro que la concentración de la enseñanza, de los esfuerzos por parte de los padres en su propio hijo, pueden presuponer un rendimiento más elevado. Tal vez sí. No obstante, esa educación integral de la que hacen alarde los progenitores, esas necesidades que no son cubiertas en la escuela, dejan al descubierto otras tantas. 

Está claro que la escuela no lo enseña todo. Que existen "conocimientos" que no pueden ser catalogados como materia educativa que no son inculcados. Pero también está la otra cara de la moneda. No podemos olvidarnos que el aspecto más determinante del ser humano es su característica social, su relación con los semejantes. Conseguir que este, desde su nacimiento, sea integrado en la sociedad que le rodea y que determina su desarrollo, es la tarea primordial de toda educación. Por ello en mi opinión no es muy adecuado aislar al niño de una realidad como es la escuela. Un reflejo de la sociedad, de la diversidad, de las culturas, de las opiniones. No solo por la convivencia con los propios compañeros, sino con los profesores, alumnos más mayores, pequeños... Todo ese espejo, reflejo de la sociedad en la que viven los educandos y a la que se incorporan, se le es negado al niño al instruirlo en su propia casa.

¿Es por tanto reprochable la decisión de educar en casa? ¿Es innegociable la educación escolar? La respuesta es complicada, pero como se suele decir... la virtud está en el termino medio.

jueves, 2 de octubre de 2014

Tarea nº 4 Un pulso al fracaso

Procedemos a comentar las funciones docentes establecidas en la legislación educativa española después del visionado del documental "Un pulso al fracaso"



Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados:

Una de las principales funciones, sin dejar a un lado evidentemente la formación del alumno en otro tipo de valores como el esfuerzo, la solidaridad, la libertad de pensamiento... que suelen ser los que dirigen el éxito hacia la adquisición de conocimientos en otras materias.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

Puede que no sea tan importante medir la respuesta calificativa del alumno como el esfuerzo, interés y dedicación empleados a ello, ya que no todo el mundo cuenta con las mismas capacidades.

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

Fundamental me parece destacar el papel de las familias en este sentido ya que ellas son, en mayor o menor medida, los focos en los que se generan los problemas y capacidades de los alumnos.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

Muy importante en alumnos con altos porcentajes de fracaso escolar, ya que detrás de ese problema suelen existir unas circunstancias sociales o personales que convienen analizar y sin las cuales no se puede reforzar el aprendizaje.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

Como hemos destacado al principio, casi más importante que la impartición de una materia, que se puede olvidar en un cierto periodo de tiempo, es la inculcación de una serie de destrezas, de una educación integral de la persona.

f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros. 

La educación no solo debe ejercerse en las aulas, muchas veces es más efectiva fuera de ella, haciendo a los alumnos partícipes de la realidad social en la que se están preparando para insertar.

g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

Una de las claves para recibir una buena educación es el ser respetado por el alumno pero, sobre todo, respetarle a él.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

Es esencial responsabilidad del centro el llevar a cabo una actividad docente de forma coordinada, no actuar como meros agentes aislados unos de otros.

k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.

Es una parte también muy importante.

l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

La sociedad está en constante cambio y por ello es necesario que la educación se adapte a esas nuevas exigencias, ya sea a través de la incursión de nuevos métodos, técnicas o elementos de apoyo. 

Tarea nº 3 LODE, LOE y LOMCE

LODE: 

Los centros concertados

Artículo cuarenta y siete.

1. Para el sostenimiento de Centros privados con fondos públicos se establecerá un régimen de conciertos al que podrán acogerse aquellos Centros privados que, en orden a la prestación del servicio público de la educación en los términos previstos en esta Ley, impartan la educación básica y reúnan los requisitos previstos en este Título. A tal efecto, los citados Centros deberán formalizar con la Administración educativa que proceda el pertinente concierto.
2. El Gobierno establecerá las normas básicas a que deben someterse los conciertos.

Régimen de conciertos

Artículo cuarenta y ocho.

1. El concierto establecerá los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a régimen económico, duración, prórroga y extinción del mismo, número de unidades escolares y demás condiciones de impartición de la enseñanza con sujeción a las disposiciones reguladoras del régimen de conciertos.
2. Los conciertos podrán afectar a varios Centros siempre que pertenezcan a un mismo titular.
3. Tendrán preferencia para acogerse al régimen de conciertos aquellos Centros que satisfagan necesidades de escolarización, que atiendan a poblaciones escolares de condiciones socioeconómicas desfavorables o que, cumpliendo alguno de los requisitos anteriores, realicen experiencias de interés pedagógico para el sistema educativo. En todo caso, tendrán preferencia aquellos Centros que en régimen de cooperativa cumplan con las finalidades anteriormente señaladas.

Órganos

Artículo cincuenta y cuatro.

1. Los centros concertados tendrán, al menos, los siguientes órganos de gobierno:
a) Director.
b) Consejo Escolar del centro, con la composición y funciones establecidas en los artículos siguientes.
c) Claustro de Profesores, con funciones análogas a las previstas en el artículo 45 de esta Ley.

2. Las facultades del director serán:
a) Dirigir y coordinar todas las actividades educativas del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las funciones del Consejo Escolar del centro.
b) Ejercer la jefatura del personal docente.
c) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
d) Visar las certificaciones y documentos académicos del centro.
e) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades.
f) Cuantas otras facultades le atribuya el reglamento de régimen interior en el ámbito académico.

3. Los demás órganos de gobierno, tanto unipersonales como colegiados, se determinarán, en su caso, en el citado reglamento de régimen interior.

Artículo cincuenta y cinco.

Los profesores, los padres de los alumnos y, en su caso, los alumnos, intervendrán en el control y gestión de los centros concertados a través del consejo escolar del centro, sin perjuicio de que en sus respectivos reglamentos de régimen interior se prevean otros órganos para la participación de la comunidad escolar.

Artículo cincuenta y seis.

1. El Consejo Escolar de los centros concertados estará constituido por:
– El director.
– Tres representantes del titular del centro.
– Cuatro representantes de los profesores.
– Cuatro representantes de los padres o tutores de los alumnos.
– Dos representantes de los alumnos, a partir del ciclo superior de la educación general básica.
– Un representante del personal de administración y servicios.
2. A las deliberaciones del consejo escolar del centro podrán asistir, con voz pero sin voto, siempre que sean convocados para informar sobre cuestiones de su competencia, los demás órganos unipersonales de acuerdo con lo que establezca el reglamento de régimen interior.
3. El Consejo Escolar del centro se renovará por mitades cada dos años, sin perjuicio de que se cubran hasta dicho término las vacantes que se produzcan.

Artículo cincuenta y siete.

Corresponde al consejo escolar del centro, en el marco de los principios establecidos en esta ley:
a) Intervenir en la designación y cese del director del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.
b) Intervenir en la selección y despido del profesorado del centro, conforme con el artículo 60.
c) Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos.
d) Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de disciplina de alumnos.
e) Aprobar, a propuesta del titular, el presupuesto del centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la Administración como a las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.
f) Aprobar y evaluar la programación general del centro que con carácter anual elaborará el equipo directivo.
g) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones complementarias a los padres de los alumnos con fines educativos extraescolares.
h) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro y fijar las directrices para las actividades extraescolares.
i) Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades complementarias, visitas y viajes, comedores y colonias de verano.
j) Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
k) Establecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
l) Aprobar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del centro.
ll) Supervisar la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes.

Artículo cincuenta y ocho.

Los alumnos participarán en las deliberaciones y decisiones del Consejo Escolar del centro. No obstante, los representantes de los alumnos del ciclo superior de la Educación General Básica no intervendrán en los casos de designación y cese del director, así como en los de despido del profesorado.

Artículo cincuenta y nueve.

1. El Director de los centros concertados será designado previo acuerdo entre el titular y el consejo escolar, de entre profesores del centro con un año de permanencia en el mismo o tres de docencia en otro centro docente de la misma entidad titular. El acuerdo del consejo escolar del centro será adoptado por mayoría absoluta de sus miembros.
2. En caso de desacuerdo, el director será designado por el consejo Escolar del centro de entre una terna de Profesores propuesta por el titular. Dichos profesores deberán reunir las condiciones establecidas en el apartado anterior. El acuerdo del Consejo Escolar del centro será adoptado por mayoría absoluta de sus miembros.
3. El mandato del Director tendrá una duración de tres años.
4. El cese del Director requerirá el acuerdo entre la titularidad y el Consejo Escolar del centro.

LOE

Principios y fines de la educación

Artículo 1. Principios.

El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios:
a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.
b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.
c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.
d) La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.
e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.
f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.
g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.
h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
i) La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos.
j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.
k) La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
m) La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el recono-cimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.
n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.
ñ) La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados.
o) La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas.
p) La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.

Artículo 2. Fines.

1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines:
a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.
c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.
d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.
e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.
f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.
g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.
h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.
i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
j) La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.
k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.
2. Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación.

Artículo 126. Composición del Consejo Escolar.

1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:
a) El director del centro, que será su Presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
d) Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
2. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.
4. Corresponde a las Administraciones educativas regular las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de formación profesional o artes plásticas y diseño puedan incorporar a su Consejo Escolar un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.
5. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director. Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
6. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección.
7. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en centros de educación permanente de personas adultas y de educación especial, en los que se impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos.
8. En los centros específicos de educación especial y en aquellos que tengan unidades de educación especial formará parte también del Consejo Escolar un representante del personal de atención educativa complementaria.

Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Sección segunda. Claustro de profesores

Artículo 128. Composición.

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Artículo 129. Competencias.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

Artículo 130. Órganos de coordinación docente.

1. Corresponde a las Administraciones educativas regular el funcionamiento de los órganos de coordinación docente y de orientación y potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo grupo de alumnos.
2. En los institutos de educación secundaria existirán, entre los órganos de coordinación docente, departamentos de coordinación didáctica que se encargarán de la organización y desarrollo de las enseñanzas propias de las materias o módulos que se les encomienden.


Artículo 131. El equipo directivo.

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.
2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.
3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.
4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.
5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación. 

Artículo 140. Finalidad de la evaluación.

1. La evaluación del sistema educativo tendrá como finalidad:
a) Contribuir a mejorar la calidad y la equidad de la educación.
b) Orientar las políticas educativas.
c) Aumentar la transparencia y eficacia del sistema educativo.
d) Ofrecer información sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de mejora establecidos por las Administraciones educativas.
e) Proporcionar información sobre el grado de consecución de los objetivos educativos españoles y europeos, así como del cumplimiento de los compromisos educativos contraídos en relación con la demanda de la sociedad española y las metas fijadas en el contexto de la Unión Europea.
2. La finalidad establecida en el apartado anterior no podrá amparar que los resultados de las evaluaciones del sistema educativo, independientemente del ámbito territorial estatal o autonómico en el que se apliquen, puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros.

Artículo 141. Ámbito de la evaluación.

La evaluación se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspección y las propias Administraciones educativas.

Artículo 142. Organismos responsables de la evaluación.

1. Realizarán la evaluación del sistema educativo el Instituto Nacional de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo, que pasa a denominarse Instituto de Evaluación, y los organismos correspondientes de las Administraciones educativas que éstas determinen, que evaluarán el sistema educativo en el ámbito de sus competencias.
2. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, determinará la estructura y funciones del Instituto de Evaluación, en el que se garantizará la participación de las Administraciones educativas.
3. Los equipos directivos y el profesorado de los centros docentes colaborarán con las Administraciones educativas en las evaluaciones que se realicen en sus centros.

Artículo 143. Evaluación general del sistema educativo.

1. El Instituto de Evaluación, en colaboración con las Administraciones educativas, elaborará planes plurianuales de evaluación general del sistema educativo. Previamente a su realización, se harán públicos los criterios y procedimientos de evaluación.
2. El Instituto de Evaluación, en colaboración con las Administraciones educativas, coordinará la participación del Estado español en las evaluaciones internacionales.
3. El Instituto de Evaluación, en colaboración con las Administraciones educativas, elaborará el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación que contribuirá al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación. Los datos necesarios para su elaboración deberán ser facilitados al Ministerio de Educación y Ciencia por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas.


La LOMCE: Su incidencia en las normativas anteriores

Modificación del Artículo 2

"Artículo 2.bis. Sistema Educativo Español." 

1. A efectos de esta ley orgánica, se entiende por Sistema Educativo Español el conjunto de agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación del servicio de la educación en España y sus beneficiarios, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se implementan para prestarlo. 
2. Para la consecución de los fines previstos en el artículo 2, el Sistema Educativo Español contará con los siguientes instrumentos: 
a) El Consejo Escolar del Estado, como órgano de participación de la comunidad educativa en la programación general de la enseñanza y de asesoramiento al Gobierno. 
b) La Conferencia Sectorial de Educación, como órgano de cooperación de las Comunidades Autónomas. 
c) La Mesa de Diálogo Social por la Educación, como órgano de participación de los empresarios y trabajadores del sector educativo. 
d) El Sistema de Información Educativa. 
3. El funcionamiento del Sistema Educativo Español se rige por los principios de calidad, cooperación, equidad, igualdad de oportunidades, eficiencia en la asignación de recursos públicos, transparencia y rendición de cuentas." 

Modificación del artículo 3

3. La Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y los ciclos de Formación Profesional Básica constituyen la educación básica." 

Se modifican los artículos: 

Artículo 6 Currículo 

Artículo 18
1. La etapa de Educación Primaria comprende seis cursos y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. 
2. Las áreas de esta etapa educativa son las siguientes: a) Ciencias de la naturaleza. b) Ciencias sociales. c) Educación artística. d) Educación física. e) Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura. f) Primera lengua extranjera. g) Matemáticas. 
3. En los dos últimos cursos de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera. 
4. Las áreas que tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos recibirán especial consideración. 
5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. 

Artículo 19, Principios pedagógicos: 

4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral. 

Artículo 20, Evaluación y Artículo 21, Evaluación de diagnostico se cambia su redacción.. 

Se añade un artículo 23.bis 

Ciclos de Educación Secundaria Obligatoria. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria comprende dos ciclos, el primero de tres años académicos, y el segundo con carácter propedéutico de un año académico, y se organiza en materias." 

Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero: modifican su redacción y añade un artículo 24.bis, que queda redactado de la siguiente manera: 

Artículo 24.bis. Organización de tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria. 
1. Las materias del tercer curso de la etapa serán las siguientes: a) Biología y geología. b) Física y química. c) Educación física. d) Ciencias sociales, geografía e historia. e) Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura. f) Primera lengua extranjera. g) Matemáticas: los alumnos podrán optar por dos modalidades diferentes en la materia de Matemáticas, una de iniciación a las enseñanzas académicas y otra de iniciación a las enseñanzas aplicadas. h) Música. i) Materia de modalidad.
3. Asimismo, los alumnos cursarán al menos una materia optativa. La oferta de materias en este ámbito de optatividad deberá incluir una segunda lengua extranjera, así como una materia relacionada con la educación plástica. 
4. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas. 
5. Las materias de modalidad serán las siguientes: a) Diseño y tecnología. b) Utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación." 

Modificación en la redacción de los Artículos del 25 al 31, 34,37-44, 50,54-57, 68,69,84,127,132-135,142-144, 147. 

En el Artículo 116, Conciertos. Se modifica el apartado 6: 6. Las Administraciones educativas podrán concertar, con carácter preferente, los ciclos de Formación Profesional Básica que, conforme a lo previsto en la presente ley orgánica, los centros privados concertados de Educación Secundaria Obligatoria impartan a su alumnado. Dichos conciertos tendrán carácter general.

Se añade un apartado 7 y 8 al Artículo 121, Proyecto Educativo, con la siguiente redacción: 7. Corresponde a las Administraciones educativas promover la especialización de los centros educativos públicos de Bachillerato en función de las modalidades establecidas en esta ley orgánica, a fin de que dichas Administraciones puedan programar una oferta educativa ajustada a sus necesidades. 8. El proyecto educativo de los centros docentes con especialización curricular deberá incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular del centro. 

Se añade un apartado 4 al Artículo 122,Recuros, con la siguiente redacción: 

4. Se promoverán las acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros educativos, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva. Dichas acciones comprenderán medidas honoríficas tendentes al reconocimiento de los centros, así como acciones de calidad educativa, que tendrán por objeto el fomento y la promoción de la calidad en los centros. Las acciones de calidad educativa partirán de una consideración integral del centro, y habrán de contener la totalidad de las herramientas necesarias para la realización de un proyecto educativo de calidad. A tal fin, los centros educativos deberán presentar una planificación estratégica que deberá incluir el marco temporal, los objetivos perseguidos, los resultados a obtener, la gestión a desarrollar y las medidas necesarias para alcanzar los objetivos, y que estará sometida a rendición de cuentas. El proyecto educativo de calidad podrá suponer la especialización de los centros en los ámbitos curricular, funcional o por tipología del alumnado, y podrá comprender, entre otras, actuaciones tendentes a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del rendimiento escolar, a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, o a la aportación de recursos didácticos a plataformas digitales compartidas. La calidad se definirá en relación con el nivel absoluto que se haya de obtener, pero sobre todo también por la mejora en relación con la situación de partida. Las acciones de calidad educativa, que deberán ser competitivas, supondrán para los centros educativos la autonomía para su ejecución, tanto desde el punto de vista de la gestión de los recursos humanos como de los recursos materiales y financieros. 

Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos. A tal efecto, dispondrá de las siguientes facultades: 
a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario, así como para ocupación de puestos en interinidad, en cuyo caso podrá rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación de personal procedente de las listas centralizadas 
b) Cuando exista vacante y financiación adecuada y suficiente, proponer de forma motivada el nombramiento de profesores que, habiendo trabajado en los proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los mismos. La actividad realizada por el personal afecto a la ejecución de las acciones de calidad educativa deberá serie reconocida tanto en la provisión de puestos de trabajo como a efectos de carrera profesional. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, dotando a los Directores de la necesaria autonomía de gestión para impulsar y desarrollar las acciones de calidad educativa." 

Se añade el artículo 122. bis Artículo 122.bis. Tecnologías de la Información y la Comunicación. 
1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá, previa consulta a las Comunidades Autónomas, los estándares que garanticen la interoperabilidad entre los distintos sistemas de información utilizados en el Sistema Educativo Español, en el marco del Esquema Nacional de Interoperabilidad. Para ello identificará los tipos básicos de sistemas de información utilizados en el Sistema Educativo Español, tanto para la gestión de procesos como para el soporte al aprendizaje, y establecerá sus estándares básicos de funcionamiento de los mismos. Dentro de estos estándares se considerarán especialmente relevantes las definiciones de los protocolos y formatos para el intercambio de datos entre sistemas de información. 
2. Los entornos virtuales de aprendizaje públicos deberán permitir la aplicación de planes educativos específicos diseñados por los docentes para la consecución de objetivos concretos, y contribuirán a la extensión del concepto de aula en el tiempo y en el espacio para permitir a los alumnos el acceso desde cualquier sitio y en cualquier momento a los entornos de aprendizaje disponibles en los centros educativos en los que estudien. 
3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá, previa consulta a las Comunidades Autónomas, los formatos que deberán ser soportados por las herramientas y sistemas de soporte al aprendizaje en el ámbito de los contenidos educativos digitales públicos. 
4. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ofrecerá plataformas digitales y tecnológicas de acceso a toda la comunidad educativa, que podrán incorporar recursos didácticos aportados por las Administraciones educativas y otros agentes para uso compartido. Estos recursos serán seleccionados de acuerdo con parámetros de calidad, y reconocidos como tales.
5. Se promoverá el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones como herramienta de apoyo para recuperación de áreas y materias no superadas, y en general como recursos de apoyo." 

Se suprime el apartado 2 del Artículo 140, Finalidad de la educación. Queda eliminado este apartado: 2. La finalidad establecida en el apartado anterior no podrá amparar que los resultados de las evaluaciones del sistema educativo, independientemente del ámbito territorial estatal o autonómico en el que se apliquen, puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros